La justicia indígena constituye uno de los pilares fundamentales del pluralismo jurídico, al reconocerse como un sistema normativo propio de los pueblos originarios, sustentado en la comunidad, la memoria ancestral y la cosmovisión del sumak kawsay o buen vivir. Este corpus de prácticas y principios ha sido históricamente invisibilizado, pese a su vigencia y eficacia en la resolución de conflictos y en la preservación del orden social en los territorios indígenas.
En las últimas décadas, el debate académico y jurídico ha puesto de relieve la necesidad de articular la justicia indígena con los estándares universales de derechos humanos, particularmente en lo que respecta a la igualdad y la no discriminación. En este marco, la incorporación de la perspectiva de género emerge como un eje indispensable para comprender las tensiones y desafíos que enfrentan los sistemas de justicia comunitaria en su relación con los derechos de las mujeres y diversidades sexo genéricas.